Cristianos Argentinos que enseñan a sus hijos en casa, ¡Regocíjense!

Dios, la Constitución y el Código Civil de Argentina están de su lado. No tengan miedo.

Por supuesto, Dios está a favor de ustedes pero también la Constitución de Argentina no les está en contra, como se cree generalmente. Léanla y averiguarán que su familia está protegida de enseñar y aprender (Artículo 14), de confesar su Cristiandad (Artículo 14) y vivirla libremente (Artículo 20), y su hogar es inviolable [protegida y seguro de ser invadido por policía y militares] (Artículo 18) como también lo son sus materiales de estudio (Artículo 18) e insumos (Artículo 17), y ya que enseñar y educar a los hijos en casa cristiana es genial para la moralidad y el buen orden de niños, no debe hacerse ilegal (Artículo 14) aunque la escolarización en casa cristiana no sea específicamente nombrada en la Constitución (Artículo 33).

Además, no necesitan un certificado de egreso de la escuela gubernamental para practicar su profesión u oficio cuando sean grandes porque “sólo se requiere idoneidad,” (Artículo 16).

Más allá, cualquiera persona que viene en contra de ustedes, también va en contra de esta Constitución y además va en contra de Dios porque fue creada invocando su protección, como “la fuente de toda razón y justicia” (ver: el Preámbulo). Desafortunadamente, ustedes probablemente necesitarán la protección de Dios porque, en este mundo enfermo1 hay multitudes (incluyendo padres) quienes van en contra de “toda razón y justicia” por obligar a niños (o a sus propios hijos) cristianos de asistir a instituciones de las cuales Dios está ausente, como son las escuelas gubernamentales del Mundo Occidental que parecen manicomios más cada año, algunas peor que otras.

Finalmente, el Código Civil de Argentina declara nuestro lema en lo siguiente:

“El padre y la madre tienen el deber de criar a sus hijos naturales, proveer a su educación, darles la enseñanza primaria, costearles el aprendizaje de una profesión u oficio …” página 73, 1964,

y la ley argentina sobre la educación dice:

“Las acciones educativas son responsabilidad de la familia como agente natural y primario de la educación (y) el derecho constitucional de enseñar y aprender queda reglado…,” No. 24.195 Título 1, Artículos 4 y 1.

En estas palabras gloriosas, enseñar y educar a los hijos en casa cristiana es adecuadamente descrito y codificado. ¡Regocijarse!

P.S.: Monopolios educativos son ilegales en el Mundo Occidental, incluso en Argentina, y queda ilegal mentir a los niños mientras que la mentira del Big Bang es el fundamento del movimiento escolar en el Mundo Occidental. Vea: Tonterías del Big Bang

  1. El 12 de febrero 2010 el Señor Diego Puente de la policía de fronteras (Migraciones) intentó denunciarnos como criminales por otorgar a nuestros hijos escolarización cristiana en casa, pero los ángeles de Dios lo pararon. Vea “Mandato – alto []

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